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La Dirección General de Tránsito Terrestre, adscrita a la SEOPC, se crea el 28 de Marzo del año 1966 mediante la Ley Núm. 165, publicada en la Gaceta Oficial No. 8977 del 30 de Septiembre de 1966.
En su creación a la Dirección General de Transito Terrestre se le asignan las funciones de estudio, organización, planificación y control del transito y el transporte en todo el país.
La Dirección General de Transito Terrestre realiza sus actividades para procurar el cumplimiento de la Ley 241-67 sobre Transito de Vehículos de Motor.
Las principales funciones de la Dirección son:
- Planificar y dictar las normas que regulan el flujo vehicular en el territorio nacional.
- Procurar que las actividades del transito cumplan con las disposiciones de la Ley 241-67
- Emitir las licencias de conducir vehículos de motor, así como, renovar las mismas.
- Autorizar cambios de categoría u origen en las licencias de conducir.
- Realizar la inspección anual de los vehículos de motor y expedir la revista correspondiente
- Realizar la inspección y autorizar la conversión de combustión a gasolina/gasoil por combustión a gas propano en los vehículos de motor.
- Inspeccionar y aprobar para el cambio en la placa de privada a publica y viceversa.
- Inspeccionar todo tipo de remolque para otorgamiento de placas
- Certificar la primera placa otorgada a todo vehículo de carga
- Proveer educación vial a los conductores y aspirantes a poseer licencia de conducir
- Planificar, establecer los requerimientos, ejecutar o supervisar las actividades de señalización vertical y horizontal de calles, avenidas y carreteras en todo el país.
- Realizar los análisis e investigaciones de accidentes y hacer las recomendaciones de lugar
- Planificar y establecer los requerimientos para el funcionamiento adecuado y eficiente del sistema de semaforización de calles y avenidas.
- Revisar y aprobar el diseño y construcción de parqueos para vehículos en edificaciones y parqueos públicos.
- Verificar el cumplimiento de la ley de transito en la instalación de letreros en las vías publicas y tomar las acciones de lugar en los casos requeridos.
Portal Dirección General Transito Terrestre
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