Es un requisito de la Ley 241 -67 que todo vehículo de motor circulando en el país debe someterse cada año a la correspondiente revisión de sus condiciones físicas y mecánicas.

La revisión vehicular se realiza cada año en la sede central de la DGTT o en los puntos que se
habiliten para tal fin.

Las empresas con un parque vehicular considerable pueden hacer acuerdo con la DGTT para
efectuar la revisión en sus instalaciones.


Obtención

Consiste en la obtención del documento oficial que certifica las adecuadas condiciones del vehículo para transitar por el territorio nacional.

¿En que consiste el trámite?

Consiste en la obtención del correspondiente marbete de revisión luego de haber demostrado que el vehículo reúne las condiciones adecuadas para circular en el tránsito del país.

¿Dónde se realiza?

En la sede central de la Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT) y sus regionales en el interior del país, así como, en los puntos que para tales fines señale la Institución o aquellas empresas con las que se acuerde realizar la revisión en sus propias instalaciones.

¿A quienes está dirigido?

A todo ciudadano o empresa propietario de vehículos de motor
Requisitos del Vehículo

Documentos requeridos

Recibo del pago realizado en el Banco de Reservas por concepto de impuestos y servicios. Matricula y seguro vigentes del vehículo.